
¿SON REALIDAD LOS DERECHOS DE LAS MUJERES ANTE LA VIOLENCIA DE GÉNERO?.-Evaluar el impacto de la Ley Integral contra la violencia de género a cuatro años de su aprobación María Naredo Molero.
La violencia contra las mujeres en las relaciones de pareja o expareja constituye una de las violaciones de derechos humanos más habituales, soterradas e impunes de cuantas se comenten en la sociedad española. Entre 1999 y 2009, al menos 630 mujeres han sido asesinadas en España por sus parejas o ex-parejas masculinas, y se estima que anualmente más de 600.000 mujeres “conviven” con la violencia de género. De éstas, sólo un 21% denuncia los abusos. En 2005 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (en adelante, Ley Integral), con la finalidad de emprender una respuesta interdisciplinar y coordinada ante este tipo de abusos[1]. Esta ley supuso un hito fundamental en la asunción de obligaciones institucionales frente a la violencia de género en las relaciones íntimas y en el reconocimiento de un amplio catálogo de derechos en materia de atención, protección y justicia. Cuatro años después de su aprobación cabe preguntarse sobre su impacto en las vidas de las mujeres sobrevivientes a la violencia.
Ley Integral, del papel a la realidad Conforme al derecho internacional, la obligación estatal de proteger y promover los derechos humanos no termina en la fase legislativa, sino que abarca, además, la importante obligación de “hacer los derechos realidad” a través de políticas públicas y acciones de seguimiento y evaluación. Respecto a la obligación de evaluar el impacto de la norma, la propia Ley Integral comprometió al Gobierno español a ello. Sin embargo, en la evaluación oficial ha faltado un elemento clave: la participación de las mujeres a las que se dirigen buena parte de las acciones. En estos años no se han previsto cauces amplios y efectivos para la participación de las mujeres sobrevivientes (y de las organizaciones de mujeres de base) en el seguimiento del desarrollo de la ley.
La importancia de las cifrasLa reducción sustancial de los abusos de género requiere tiempo y medios adecuados. Por ello, no conviene valorar la eficacia de la Ley Integral a partir de las cifras sobre la violencia de género, en especial del número de mujeres asesinadas. No obstante, existen datos que pueden señalar importantes carencias. Por ejemplo, que en 2008 el riesgo de las mujeres extranjeras ante el homicidio de género fuera casi nueve veces superior al de las mujeres españolas; o que entre enero de 2007 y finales de 2008 fueran asesinadas 23 mujeres a pesar de contar con una orden de protección en vigor, son datos elocuentes. El mensaje de desprotección que dejan esta muertes debería ser leído detenidamente por las personas responsables del desarrollo de las políticas contra la violencia de género, pues revela la distancia existente entre la realidad y la norma. Si bien no se puede pedir al desarrollo de la Ley Integral que en cuatro años reduzca sustancialmente la violencia de género, sí se puede esperar de él un avance sustancial en la investigación del fenómeno y en la publicación de datos. En 2007 el Observatorio Estatal sobre Violencia contra la Mujer elaboró una batería de indicadores para avanzar en el campo de la investigación. Sin embargo, en estos cuatro años no se ha producido ninguna investigación, nueva y metodológicamente mejorada, sobre la magnitud y la prevalencia de la violencia contra las mujeres en España. Incluso respecto a un campo relativamente acotado como el de los homicidios a manos de la pareja o expareja, aún hoy se sigue sin contar con cifras fiables. Entre 2005 y 2007 no existió coincidencia, en ninguno de los tres años, entre las cifras del Observatorio de la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial y las del Instituto de la Mujer[2].
La violencia contra las mujeres en las relaciones de pareja o expareja constituye una de las violaciones de derechos humanos más habituales, soterradas e impunes de cuantas se comenten en la sociedad española. Entre 1999 y 2009, al menos 630 mujeres han sido asesinadas en España por sus parejas o ex-parejas masculinas, y se estima que anualmente más de 600.000 mujeres “conviven” con la violencia de género. De éstas, sólo un 21% denuncia los abusos. En 2005 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (en adelante, Ley Integral), con la finalidad de emprender una respuesta interdisciplinar y coordinada ante este tipo de abusos[1]. Esta ley supuso un hito fundamental en la asunción de obligaciones institucionales frente a la violencia de género en las relaciones íntimas y en el reconocimiento de un amplio catálogo de derechos en materia de atención, protección y justicia. Cuatro años después de su aprobación cabe preguntarse sobre su impacto en las vidas de las mujeres sobrevivientes a la violencia.
Ley Integral, del papel a la realidad Conforme al derecho internacional, la obligación estatal de proteger y promover los derechos humanos no termina en la fase legislativa, sino que abarca, además, la importante obligación de “hacer los derechos realidad” a través de políticas públicas y acciones de seguimiento y evaluación. Respecto a la obligación de evaluar el impacto de la norma, la propia Ley Integral comprometió al Gobierno español a ello. Sin embargo, en la evaluación oficial ha faltado un elemento clave: la participación de las mujeres a las que se dirigen buena parte de las acciones. En estos años no se han previsto cauces amplios y efectivos para la participación de las mujeres sobrevivientes (y de las organizaciones de mujeres de base) en el seguimiento del desarrollo de la ley.
La importancia de las cifrasLa reducción sustancial de los abusos de género requiere tiempo y medios adecuados. Por ello, no conviene valorar la eficacia de la Ley Integral a partir de las cifras sobre la violencia de género, en especial del número de mujeres asesinadas. No obstante, existen datos que pueden señalar importantes carencias. Por ejemplo, que en 2008 el riesgo de las mujeres extranjeras ante el homicidio de género fuera casi nueve veces superior al de las mujeres españolas; o que entre enero de 2007 y finales de 2008 fueran asesinadas 23 mujeres a pesar de contar con una orden de protección en vigor, son datos elocuentes. El mensaje de desprotección que dejan esta muertes debería ser leído detenidamente por las personas responsables del desarrollo de las políticas contra la violencia de género, pues revela la distancia existente entre la realidad y la norma. Si bien no se puede pedir al desarrollo de la Ley Integral que en cuatro años reduzca sustancialmente la violencia de género, sí se puede esperar de él un avance sustancial en la investigación del fenómeno y en la publicación de datos. En 2007 el Observatorio Estatal sobre Violencia contra la Mujer elaboró una batería de indicadores para avanzar en el campo de la investigación. Sin embargo, en estos cuatro años no se ha producido ninguna investigación, nueva y metodológicamente mejorada, sobre la magnitud y la prevalencia de la violencia contra las mujeres en España. Incluso respecto a un campo relativamente acotado como el de los homicidios a manos de la pareja o expareja, aún hoy se sigue sin contar con cifras fiables. Entre 2005 y 2007 no existió coincidencia, en ninguno de los tres años, entre las cifras del Observatorio de la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial y las del Instituto de la Mujer[2].
